IMPORTANTE. Derogado el art. 23 del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre,
Por otro lado, cuando nos hablas de tener preparado un boceto sobre los puntos de la programación, al no tener preparada aún la UD, hay apartados en los que puedo ir explicando el mismo, pero no puedo hacerlos, tipo temporalización y secuenciación. Entiendo que lo que debo es tener la Programación empezada por cada punto, pero aún por rellenar las partes que no hemos tratado, ¿cierto?
¡Un saludo y buen puente!"
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Gracias Leticia por tu aportación.
NOTA IMPORTANTE
El Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional, ha sido derogado, por tanto ya no cabe la mención al art 23 a que se hacía referencia en la última entrada de febrero.
La introducción de ese precepto en la norma derogada no tenía mucho sentido. Más bien parecía una muestra de una deficiente técnica legiferante (https://dle.rae.es/legiferar).
Efectivamente puedes tener la programación empezada por cada punto, pero aún por rellenar las partes que no hemos tratado. Es cierto.