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Enfoque del brillante competitivo
25/04/2023 2:08:05 Inma Febrero Tema 49. Apartado 4: Estrategias de productos,... "Buenas noches Jose Manuel, estudiando el apartado, cuando he llegado al ""enfoque del brillante competitivo"", es de Bueno Campos?, y si es así, de qué año? Muchas gracias" ------------------------------ No estoy seguro, pero se la puedes asignar a MICHAEL PORTER. https://glifos.unis.edu.gt/digital/tesis/2005/14070.pdf https://www.consuunt.es/diamante-de-porter/ https://www.qtorb.com/2021/12/estrategia-competitiva-de-michael-porter.html https://blogs.udima.es/administracion-y-direccion-de-empresas/libros/introduccion-a-la-organizacion-de-empresas-2/unidad-didactica-6-el-sistema-de-comercializacion-de-la-empresa/conceptos-basicos-a-retener/
Las medidas preventivas serían preferentes frente a las de protección y, dentro de las de protección, las colectivas frente a las individuales
20/04/2023 1:21:24 Inma Febrero Tema 61 de Prevención de Riesgos Laborales "Buenas noches Jose Manuel, estudiando el tema 61, he visto que en el apartado de medidas de prevención colectiva e individual, solo se hace mención a los EPIS, y casi nada a las medidas colectivas, ¿estaría así bien, o tendríamos que profundizar más en las medidas colectivas?. En cuanto al mapa de riesgos, el cuadro que aparece al final del tema aparece desconfigurado. He buscado en internet, pero no me queda muy claro como quedaría gráficamente, podrías poner algún ejemplo?. Muchas gracias por todo Saludos!" -------------------- Efectivamente, sería conveniente hacer alguna mención a las medidas colectivas. De hecho, en los casos prácticos se han hecho menciones en este sentido. Dijimos que las medidas preventivas serían preferentes frente a las de protección y, dentro de las de protección, las colectivas frente a las individuales. Recordarás la imagen que inserto más abajo. Típicos ejemplo...
El recurso de casación se interpone contra las sentencias y otras resoluciones dictadas por las Salas de lo social de los TSJ o por la Sala de lo social de la AN
11/03/2023 12:57:06 Noelia Febrero Tema 36 ap. 6 "Buenos días, José Manuel, una duda que me surge con el recurso de casación. Se interpone en el Tribunal Supremo contra sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la CA o Audiencia Nacional, hasta ahí correcto. A continuación, los apuntes dicen que se interpondrá contra los autos que resuelven el recurso de reposición interpuesto contra resolución del Tribunal Supremo en que declare falta de jurisdicción o competencia. Es decir, primero yo interpongo recurso de reposición al TS por un auto en el que se ha declarado incompetente, y si no estoy de acuerdo con la respuesta a ese recurso de reposición, ¿interpongo recurso de casación al mismo órgano? (Tribunal Supremo) No sé si lo estoy entendiendo bien, no tiene mucho sentido, si en un recurso de reposición se ha declarado incompetente, ¿es posible que cambie de opinión con una segunda reclamación? Lo estoy entendiendo como la reclamación de la reclamación." ...
Varias sobre didáctica (Inma)
1/03/2023 19:30:30 Inma Febrero Programación didáctica. Educación en valores y temas transversales. Dinámica de clase y agrupamientos. Evaluación. "Buenas tardes, José Manuel, me han surgido varias dudas en relación a varios apartados de la programación. Muchas gracias por todo" En cuanto al apartado de Educación en valores y temas transversales, hay que hacer mención en mi caso, ¿a la Ley de Educación de Andalucía?, en la ley se hace mención de los temas transversales, en concreto el art. 39 ""educación en valores"" y art. 40 ""cultura andaluza"", ya que yo me he guiado por la LOE (lo de cultura andaluza no sé por dónde cogerlo...) Simplemente menciónalo. Hay un cierto desuso de esto en las programaciones, pero si quieres estar más segura, menciónalo. Puedes decir que la cultura andaluza la enfocarás como tema transversal y que la vas a vincular a determinados aspectos. Por ejemplo, la Administración andaluza, especialmente en ...
IMPORTANTE. Derogado el art. 23 del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre,
27/02/2023 17:07:46 Leticia Febrero Programación "Buenas tardes, José Manuel, tengo algunas dudas con la programación. Lo primero es que en la última sesión de febrero sobre programación comentas al final (está escrito bajo los vídeos) que hagamos mención del artículo 23 del Rd 984/2021 y a mí me parece que está derogado. La verdad que me está costando encontrar la normativa sobre evaluación en la Fp, aunque en ello estoy ahora. Por otro lado, cuando nos hablas de tener preparado un boceto sobre los puntos de la programación, al no tener preparada aún la UD, hay apartados en los que puedo ir explicando el mismo, pero no puedo hacerlos, tipo temporalización y secuenciación. Entiendo que lo que debo es tener la Programación empezada por cada punto, pero aún por rellenar las partes que no hemos tratado, ¿cierto? ¡Un saludo y buen puente!" ---------------------------------------------------------- Gracias Leticia por tu aportación. NOTA IMPORTANTE El Real Decreto 984/...
Sobre el caso 6 del Archivo 9 de indemnizaciones (2ª parte)
Inma nos deja de nuevo la cuestión: Buenas noches Jose Antonio, volviendo a la consulta que te hice en relación al limite máximo de la indemnización, he estado leyendo la Sentencia del tribunal Supremo que me indicas, donde dice que prepondera el límite de las 42 mensualidades, pero no lo encuentro. Lo que he leído es lo siguiente: "Reglas para el Cálculo – Regla General: Cuando, por aplicación de este precepto, se toman en cuenta periodos de servicio anteriores y posteriores al 12 de febrero de 2012 “el importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario”. El cálculo de cada uno de los dos periodos es autónomo y se realiza tomando en cuenta los años de servicio, “prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año” en los dos supuestos. – Excepción: el tope de 720 días de salario puede superarse si por el periodo anterior a 12 de febrero de 2012 (con el módulo de 45 días por año) ya se ha devengado una cuantía superior." L...
Desempleo y cotización
23/02/2023 Sonia Febrero Desempleo y cotización Hola Maite, Tengo 2 dudas con respecto a la cotización y el paro: 1. ¿Sobre qué conceptos cotiza el trabajador en desempleo total? 2. ¿y en desempleo parcial? Gracias, Sonia. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Buenas noches Sonia, Con respecto a la cotización en situación de desempleo, hay que distinguir entre: - Desempleo por extinción de la relación laboral. En este caso, la cotización sólo comprende las cuotas por contingencias comunes, no incluyendo, por tanto, las cuotas correspondientes a desempleo, y formación profesional. · - Desempleo por suspensión temporal de la relación laboral o por reducción temporal de jornada, la cotización comprende: contingencias comunes, desempleo, y formación profesional. Espero habértelo aclarado. Un saludo. Maite