Duda Caso 6 del Archivo 3 (Caso Petronila)
¿Qué tal? Macarena nos plantea la siguiente cuestión:
Siento
volver a contactar contigo, estoy viendo la clase de ayer en diferido y
analizando la duda que le resuelves a una compañera. A mi parecer detecto un
error cuando habláis del caso práctico 3 de Manila. En el cálculo de la BCCC de
los 500€ que paga la empresa con concepto dietas cotizar cotizan 225,41=
500-(91,53*3). Pero aquí no hay que restar también 150€ justificados. Es decir,
tenemos hasta 274,59€ exentos de tributo y cotización sin factura que lo
justifique porque esto ya lo indica la normativa, si finalmente el hotel vale
150€, es decir, un importe inferior no se acumula. Exentos quedarían 274,59 de
todos modos. No se si me explico.
A ver si me puedes aclarar esto. Gracias.
RESPUESTA.
Hola
Macarena, los 150 € del hotel están justificados con la factura, lo cual no
tiene porqué implicar que si se le abonan dietas sin justificación no tengamos
en cuenta los límites establecidos reglamentariamente. La normativa no indica
nada al respecto y por carácter del viaje (siempre que esté justificado como
viaje de negocios) podríamos tener en cuenta las dietas exceptuadas de gravamen
del extranjero, con lo cual tributaría y cotizaría la diferencia.
Saludos.